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Especialistas en prestaciones no contributivas

Abogados especialistas en prestaciones no contributivas

Gestionamos pensiones no contributivas por jubilación e invalidez para personas sin cotizaciones suficientes. Asesoramiento experto en Granada y toda España

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¿Qué son las prestaciones no contributivas?

Las prestaciones no contributivas (PNC) son ayudas económicas de la Seguridad Social para aquellas personas que no han cotizado lo suficiente para acceder a una pensión contributiva (jubilación o invalidez) o que carecen de recursos económicos suficientes. Son prestaciones asistenciales, financiadas con impuestos generales (no con cotizaciones).

En nuestro despacho, especializado en Derecho de la Seguridad Social y dirigido por un abogado colegiado (nº 7699, Ilustre Colegio de Abogados de Granada), ayudamos a las personas con bajos recursos a obtener estas pensiones vitalicias, tanto en Granada como en el resto de España, reclamando si son denegadas indebidamente.

🎯 Nuestro objetivo: revisar si te corresponde una pensión no contributiva y reclamar si te la han denegado o han calculado mal tu cuantía.

Tipos de prestaciones no contributivas

Pensión de Jubilación No Contributiva

Para personas de 65 años o más que carecen de rentas suficientes, residen legalmente en España y lo han hecho durante 10 años entre los 16 años y la edad de devengo, de los cuales 2 consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud (art. 369 LGSS).

Cuantía fijada en los Presupuestos Generales del Estado

Pensión de Incapacidad No Contributiva (antes invalidez)

Para personas mayores de 18 y menores de 65 años con una discapacidad o enfermedad crónica igual o superior al 65 %, que carezcan de rentas suficientes y residan legalmente en España desde hace 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud (art. 363 LGSS).

Misma cuantía que la jubilación no contributiva (art. 370)

Requisitos generales para ambas PNC

Edad mínima

Jubilación no contributiva: 65 años o más
Incapacidad no contributiva: mayor de 18 y menor de 65 años

Falta de recursos económicos

La suma anual de tus rentas debe ser inferior a la cuantía anual de la pensión; si convives en una unidad económica, se aplica el límite de acumulación de recursos (art. 363 LGSS).

Residencia legal en España

Jubilación: 10 años entre los 16 y la edad de devengo, 2 de ellos consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
Incapacidad: 5 años, 2 de ellos inmediatamente anteriores a la solicitud.

Discapacidad (incapacidad no contributiva)

Grado igual o superior al 65 %, determinado mediante el baremo aprobado por el Gobierno (art. 367 LGSS).

Requisitos de renta para las PNC

Para acceder a una pensión no contributiva, tus rentas anuales deben ser inferiores a la cuantía anual de la pensión. Se computan (art. 363.5 LGSS):

  • Rentas e ingresos propios del solicitante
  • Los de la unidad económica: hay unidad económica cuando se convive con personas unidas por matrimonio o por parentesco de consanguinidad hasta el segundo grado
  • Bienes y derechos derivados del trabajo o del capital; si no dan rendimientos efectivos, se valoran según las normas del IRPF, salvo la vivienda habitualmente ocupada
  • Prestaciones percibidas; no se computan las asignaciones periódicas por hijo a cargo

Límites de recursos

SituaciónLímite anual de recursos
Solicitante soloLa cuantía anual de la pensión, fijada en los Presupuestos Generales del Estado (art. 363.1.d)
Convivencia en unidad económicaCuantía anual de la pensión más el 70 % de esa cuantía por cada conviviente, menos uno (art. 363.2)
Convivencia con descendientes o ascendientes de primer gradoDos veces y media el límite anterior (art. 363.3)
⚠️ Importante: tener rentas propias no impide siempre cobrar la pensión: la pensión es compatible con rentas que no excedan del 35 % de su importe anual y, si las superan, se deduce el exceso (art. 364.2 LGSS).

Cuantía de las pensiones no contributivas

ConceptoReglaBase legal
Pensión individualEl importe anual se fija en la Ley de Presupuestos Generales del EstadoArt. 364.1 LGSS
Varios beneficiarios en la misma unidad económicaSe suma el importe anual más el 70 % por cada beneficiario adicional y se divide entre el número de beneficiarios; mínimo del 25 % del importeArt. 364.1 y 364.4
Complemento por necesidad de otra persona (incapacidad no contributiva)50 % del importe de la pensión, con discapacidad o enfermedad crónica igual o superior al 75 % y necesidad de ayuda para los actos esenciales de la vidaArt. 364.6

Consulta el importe anual vigente en la web de la Seguridad Social o pídenos que lo calculemos para tu caso. Los efectos económicos se producen desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud (arts. 365 y 371 LGSS).

Incompatibilidades de las PNC

  • Rentas propias: son compatibles hasta el 35 % del importe anual de la pensión; el exceso se deduce de la pensión (art. 364.2 LGSS).
  • Obligaciones: hay que comunicar cualquier variación de convivencia, estado civil o residencia y presentar cada año, en el primer trimestre, la declaración de ingresos de la unidad económica (art. 368 LGSS).
  • Trabajo (incapacidad no contributiva): no impide las actividades compatibles con el estado de la persona y que no supongan un cambio en su capacidad de trabajo. Durante los cuatro años siguientes al inicio de una actividad lucrativa, la suma de pensión e ingresos tiene un límite (art. 366 LGSS).

Diferencias entre prestaciones contributivas y no contributivas

AspectoPrestación ContributivaPrestación No Contributiva
Requisito cotizaciónSí (años mínimos)No (solo residencia y renta)
CuantíaSegún base reguladoraImporte anual fijado en los Presupuestos Generales del Estado
FinanciaciónCotizaciones socialesImpuestos generales
Entidad gestoraINSSIMSERSO o, en su caso, la comunidad autónoma con competencias (art. 373 LGSS)
RentasNo se exige carencia de rentasSe exige carencia de rentas propias y de la unidad económica

Cómo trabajamos tu Prestación No Contributiva

1

Consulta sin compromiso

Analizamos tu situación de renta, residencia y discapacidad (si aplica).

2

Recopilación de documentos

Certificados de ingresos, empadronamiento, discapacidad, etc.

3

Solicitud ante el IMSERSO

Presentamos la solicitud en el organismo competente (IMSERSO o comunidad autónoma).

4

Seguimiento y recursos

Reclamamos si deniegan o si hay errores en el cálculo.

Documentación necesaria

  • DNI/NIE del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia
  • Certificado de empadronamiento (residencia)
  • Declaración de la renta (IRPF) o certificado de ingresos
  • Certificado de pensiones (INSS, clases pasivas, etc.)
  • Certificado de discapacidad (≥65% para incapacidad no contributiva)
  • Número de cuenta bancaria (IBAN)

Casos de éxito recientes

Casos reales de clientes, anonimizados para proteger su identidad. Cada caso es distinto y los resultados anteriores no garantizan resultados futuros.

Denegación de PNC por superar el límite de ingresos → Reclamación y reconocimiento de la pensión

A nuestra cliente le denegaron la pensión no contributiva por superar el límite de ingresos. Revisamos el cómputo de sus rentas, reclamamos y se le reconoció la pensión.

Denegación de invalidez PNC por discapacidad insuficiente → Reconocimiento de grado superior

Un cliente tenía reconocido un 40% de discapacidad por la CCAA, pero nosotros aportamos informes médicos periciales que demostraban un 70%. El IMSERSO revisó el grado y le concedió la pensión de invalidez no contributiva con retroactividad.

Preguntas frecuentes sobre prestaciones no contributivas

¿Puedo cobrar la PNC si mi cónyuge trabaja?
Depende. Si convives con tu cónyuge formáis una unidad económica y se computan los ingresos de ambos: el requisito se cumple cuando la suma es inferior al límite de acumulación de recursos (la cuantía anual de la pensión más el 70 % de esa cuantía por cada conviviente adicional, art. 363 LGSS). Analizamos cada caso.
¿Qué diferencia hay entre la PNC de jubilación y la pensión contributiva?
La pensión contributiva requiere años de cotización (15 mínimo) y su cuantía depende de lo que hayas cotizado. La PNC no exige cotización, solo residencia y carencia de recursos, y su importe anual se fija en los Presupuestos Generales del Estado. Conviene comparar ambas opciones antes de decidir.
¿Cómo se calculan los ingresos para la PNC? ¿Se incluye la vivienda?
Se computan los bienes y derechos derivados del trabajo y del capital, así como los de naturaleza prestacional (art. 363.5 LGSS). Si los bienes no producen rendimientos efectivos, se valoran según las normas del IRPF, salvo la vivienda habitualmente ocupada. No se computan las asignaciones periódicas por hijo a cargo.
¿Cuánto se tarda en resolver una solicitud de PNC?
El tiempo depende de la entidad gestora y de cada expediente, por lo que no podemos darte un plazo fijo. Si se deniega la solicitud, o si transcurre el plazo sin resolución y se entiende denegada por silencio, la reclamación previa se presenta en 30 días (art. 71.2 LRJS). Si se reconoce la pensión, los efectos económicos se producen desde el día 1 del mes siguiente a la solicitud.
¿Atienden casos fuera de Granada?
Sí, atendemos casos en toda España. Tramitamos la solicitud ante la entidad gestora que corresponda a tu provincia y podemos asesorarte online.

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Te ayudamos a obtener la pensión que te corresponde aunque tengas bajos recursos. Consulta sin compromiso.

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