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Te ayudamos a maximizar tu pensión de jubilación: ordinaria, anticipada, parcial y activa. Asesoramiento experto en Granada y toda España

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¿Qué es la pensión de jubilación?

La pensión de jubilación es una prestación económica vitalicia que reconoce la Seguridad Social a los trabajadores que, tras alcanzar la edad legal establecida y haber cotizado el período mínimo exigido, cesan en su actividad laboral o la compatibilizan con la pensión en determinados supuestos.

En nuestro despacho, especializado en Derecho de la Seguridad Social y dirigido por un abogado colegiado (nº 7699, Ilustre Colegio de Abogados de Granada), asesoramos a personas para maximizar su pensión de jubilación, tanto en Granada como en el resto de España, garantizando el cálculo correcto de la base reguladora y la aplicación de todos los complementos posibles.

🎯 Nuestro objetivo: revisar tus años cotizados, lagunas de cotización, complementos y otras mejoras para comprobar que tu pensión se calcula correctamente.

Tipos de jubilación

Existen diferentes modalidades de jubilación según tu situación laboral y personal:

Jubilación ordinaria

Se accede al cumplir la edad legal de jubilación y haber cotizado el período mínimo exigido. La edad varía según los años cotizados.

Edad: 65 a 66 años y 10 meses (2026)

Jubilación anticipada

Permite jubilarse hasta 2 años antes de la edad ordinaria. Puede ser voluntaria (desde los 63 años con 35 cotizados) o forzosa (por cese no voluntario).

Reducción por anticipación

Jubilación parcial

Compatibiliza una reducción de jornada (entre 25% y 50%) con el cobro de una parte de la pensión. Requiere contrato de relevo.

Jubilación + trabajo parcial

Jubilación activa

Permite compatibilizar el 100% de la pensión con un trabajo por cuenta ajena o propia, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

50% pensión + salario

Jubilación por discapacidad

Para trabajadores con un grado de discapacidad igual o superior al 45% o 65%, con reducciones en la edad de jubilación.

Edad reducida

Jubilación flexible

Compatibiliza el cobro de un porcentaje de la pensión con un trabajo a tiempo parcial una vez iniciada la jubilación.

Complemento de pensión

Requisitos y edades de jubilación en 2026

Los requisitos para acceder a la pensión de jubilación en 2026 son los siguientes:

Años cotizadosEdad de jubilación
38 años y 3 meses o más65 años
Menos de 38 años y 3 meses66 años y 10 meses
  • Período mínimo de cotización: 15 años, de los cuales al menos 2 deben estar comprendidos en los 15 años anteriores a la jubilación.
  • Base reguladora: Para hechos causantes de 2026, se aplica la más favorable entre el cálculo con los últimos 300 meses (dividiendo entre 350) y el transitorio de las 302 mejores bases de los últimos 304 meses (dividiendo entre 352,33), según la disposición transitoria 40.ª y el art. 209 LGSS.
  • Porcentaje aplicable: Por los primeros 15 años cotizados se aplica un 50%, incrementándose entre un 0,19% y 0,21% por cada mes adicional según los años cotizados.
⚠️ Importante: Los requisitos cambian cada año según la reforma de pensiones. Te asesoramos sobre la normativa vigente aplicable a tu caso concreto.

Cálculo de la pensión de jubilación

Fórmula de cálculo

Pensión = Base Reguladora × Porcentaje según años cotizados + Complementos

Base reguladora (2026)

Para 2026 se aplica la más favorable entre el cálculo con los últimos 300 meses (dividiendo entre 350) y el transitorio de las 302 mejores bases de los últimos 304 meses (dividiendo entre 352,33), según la disposición transitoria 40.ª y el art. 209 LGSS.

Porcentaje aplicable

  • Con 15 años cotizados: 50% de la base reguladora
  • Por cada mes adicional (hasta mes 163): +0,21%
  • Por cada mes adicional (mes 164 a 248): +0,19%
  • Máximo: 100% con 36 años y 6 meses cotizados (2026)

Complementos de pensión

  • Complemento por maternidad: Hasta un 15% para mujeres que hayan tenido hijos.
  • Complemento por brecha de género: Para reducir la diferencia de pensiones entre hombres y mujeres.
  • Complemento mínimo: Para pensiones inferiores a la cuantía mínima establecida.

Jubilación anticipada

La jubilación anticipada permite acceder a la pensión hasta 2 años antes de la edad ordinaria, pero con coeficientes reductores:

Jubilación anticipada voluntaria

  • Edad mínima: 63 años (si se tienen 35 años cotizados) o 64 años (si se tienen menos de 35)
  • Coeficientes reductores: Entre 2,81% y 3,26% por cada trimestre anticipado
  • Reducción máxima: Hasta un 21% por 2 años de anticipación

Jubilación anticipada forzosa

  • Por cese no voluntario: Despido, ERE, cierre de empresa
  • Coeficientes reductores: Menores que en la voluntaria (entre 1,625% y 2,5% por trimestre)
💡 Consejo experto: Antes de solicitar la jubilación anticipada, analizamos si te compensa económicamente o es mejor esperar a la edad ordinaria.

Jubilación parcial y activa

Jubilación parcial

Permite reducir la jornada laboral entre un 25% y un 50% mientras se cobra una parte de la pensión. Requisitos:

  • Tener al menos 62 años
  • Contrato de relevo simultáneo (otro trabajador cubre la jornada restante)
  • 6 años de antigüedad en la empresa

Jubilación activa

Compatibiliza el 100% de la pensión con un trabajo por cuenta ajena o propia. Requisitos:

  • Haber cumplido la edad ordinaria de jubilación
  • Tener al menos un año de antigüedad en la pensión (salvo acceso desde jubilación parcial)
  • No superar el límite de ingresos por trabajo

Cómo trabajamos tu jubilación

1

Consulta inicial sin compromiso

Analizamos tu vida laboral y te informamos de las mejores opciones para tu jubilación.

2

Cálculo de pensión

Realizamos una simulación precisa de tu futura pensión con diferentes escenarios.

3

Optimización

Buscamos lagunas de cotización, complementos y mejores años para jubilarte.

4

Gestión y recursos

Presentamos la solicitud y, si es necesario, reclamamos ante denegaciones o errores de cálculo.

Comparativa: ordinaria, anticipada y activa

No hay una sola forma de jubilarse. Estas son las tres modalidades más habituales y en qué se diferencian:

ModalidadCuándo se accedeCuantíaCompatible con trabajar
OrdinariaEdad legal según años cotizados100% de la base reguladora (si se cumple el periodo exigido)Solo mediante jubilación activa
AnticipadaAntes de la edad ordinaria, voluntaria o involuntariaCon coeficientes reductores según meses de anticipoSolo mediante jubilación activa
ActivaCualquier jubilado que decide seguir trabajandoUn porcentaje de la pensión, compatible con el salarioSí, es su objeto
¿Dudas sobre qué modalidad te conviene? Consulta también nuestro glosario de términos o pide una valoración gratuita de tu caso.

Caso de éxito reciente

Caso real de un cliente, anonimizado para proteger su identidad. Cada caso es distinto y los resultados anteriores no garantizan resultados futuros.

Cliente con cálculo incorrecto de base reguladora → Aumento de 350€/mes en pensión

Nuestro cliente solicitó su jubilación ordinaria, pero la Seguridad Social había excluido períodos de cotización por enfermedad profesional. Presentamos reclamación previa y, al ser denegada, demanda en el Juzgado de lo Social de Granada. Logramos que se incluyeran las bases correctas, aumentando su pensión en 350 euros mensuales.

Preguntas frecuentes sobre jubilación

¿Cuántos años cotizados necesito para jubilarme en 2026?
Necesitas al menos 15 años cotizados, con 2 años dentro de los 15 anteriores a la jubilación. Para el 100% de la pensión, necesitas 36 años y 6 meses cotizados en 2026. Con 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación es 65 años; con menos, es 66 años y 10 meses.
¿Cómo puedo mejorar mi pensión si he tenido lagunas de cotización?
Existen varias estrategias: convenios especiales con la Seguridad Social para cotizar por períodos sin trabajar, solicitar el complemento a mínimos, o acreditar períodos asimilados al alta (como cuidado de hijos o dependientes). Nosotros analizamos tu caso y te proponemos la mejor opción.
¿Qué es el complemento por maternidad y quién puede solicitarlo?
El complemento por maternidad es un incremento del 5% por hijo, hasta un 15% total, para mujeres que hayan tenido hijos y se jubilen. Desde 2021 también se aplica a hombres en ciertos casos (si acreditan perjuicio en su carrera profesional). Se aplica automáticamente pero hay que revisar que se haya calculado correctamente.
¿Me compensa la jubilación anticipada?
Depende de tu esperanza de vida y de la reducción aplicable. La jubilación anticipada voluntaria puede suponer una reducción de hasta el 21% de la pensión. Realizamos una simulación personalizada para comparar el escenario de jubilación anticipada vs. ordinaria y ver cuál te conviene más económicamente.
¿Atienden casos de jubilación fuera de Granada?
Sí, atendemos casos en toda España. Nuestra sede principal está en Granada, pero gestionamos solicitudes y recursos en cualquier provincia. Podemos asesorarte online y realizar todas las gestiones necesarias donde sea necesario.

¿Te han denegado la pensión de jubilación?

Si la entidad gestora deniega tu solicitud, el primer paso suele ser presentar una reclamación previa: la ley fija un plazo de 30 días desde la notificación (art. 71 de la Ley reguladora de la jurisdicción social). Consulta cómo funciona, qué plazos hay y qué ocurre si no te contestan.

¿Quieres maximizar tu pensión de jubilación?

Consulta sin compromiso. Calculamos tu pensión y te asesoramos sobre la mejor opción.

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